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COMUNICADO Nº 005- 2007-EF/75.01 |
A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES |
Se alerta a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales sobre propuestas de facilidades financieras bajo la modalidad de “préstamos no reembolsables”, que puedan recibir de personas naturales o jurídicas del exterior, y para cuya implementación se les exija el otorgamiento de una garantía financiera.
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Al respecto, debe tenerse en cuenta que, de conformidad con la normatividad vigente sobre el endeudamiento público, la concertación de cualquier financiamiento externo por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales requiere contar con la garantía del Gobierno Nacional, la misma que sólo puede ser gestionada y otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP).
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Además, es importante resaltar que estas operaciones de financiamiento externo deben estar destinadas a la ejecución de un proyecto o programa de inversión específico, el cual requiere la previa evaluación y declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como haberse efectuado la evaluación de la capacidad de pago del gobierno regional o local que solicita la garantía soberana.
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Según lo indicado, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben abstenerse de suscribir, en representación de la República del Perú, cualquier convenio relativo a la obtención de financiamiento externo, si es que previamente no cuentan con autorización legal expresa en ese sentido; así como abstenerse de delegar por convenio dicha representación a terceras personas del Sector Privado.
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Se exhorta a los citados gobiernos para que, previamente a la realización de cualquier gestión o acción orientada a la concertación de estas facilidades financieras externas que involucran el otorgamiento de garantías financieras a nombre de la República del Perú, efectúen las consultas del caso a la DNEP.
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Lima, setiembre 2007 |
BETTY SOTELO BAZAN
Directora General
DIRECCIÓN NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO |
“DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ”
"AÑO DEL DEBER CIUDADANO "

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MEF ESTABLECE CUENTAS BANCARIAS PARA DEPOSITO DE LAS DONACIONES DINERARIAS PROVENIENTES DEL EXTERIOR Y DE NACIONALES
El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público (DNTP) y en cumplimiento del artículo 7° del Decreto de Urgencia N° 024-2007, publicado el 16 de agosto de 2007, comunica que las cuentas bancarias abiertas para el depósito de donaciones en dinero para ayudar a los damnificados por el terremoto, son las siguientes:
a) Para donaciones de personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país:
Banco de la Nación
Moneda nacional: |
00-000-874000 |
INDECI DONACIONES SISMO AGOSTO 2007 |
Dólares americanos: |
06-000-037999 |
INDECI DONACIONES SISMO AGOSTO 2007 |
Euros: |
06-000-040000 |
INDECI DONACIONES SISMO AGOSTO 2007 |
b) Para donaciones provenientes de personas naturales o jurídicas domiciliadas fuera del país:
Banco de Crédito del Perú (Código SWIFT: BCPLPEPL )
Moneda nacional: |
193-1611127-0-09 |
MEF-DNTP-DONACIONES |
Dólares americanos: |
193-1604471-1-87 |
MEF-DNTP-DONACIONES |
Banco Continental (Código SWIFT: BCONPEPL)
Moneda nacional: |
0011-0661-64-0200042063 |
MEF-DNTP-DONACIONES |
Dólares americanos: |
0011-0661-67-0200042071 |
MEF-DNTP-DONACIONES |
Euros: |
0011-0661-60-0200042098 |
MEF-DNTP-DONACIONES |
Banco de la Nación (Código SWIFT: BANCPEPL)
Moneda nacional: |
00-000-868787 |
MEF DNTP DONACIONES |
Dólares americanos: |
06-000-034000 |
MEF DNTP DONACIONES |
Euros: |
06-000-048222 |
MEF DNTP DONACIONES |
Lima, 17 de Agosto del 2007
OFICINA DE COMUNICACIONES
comunicaciones@mef.gob.pe
Teléfonos: 415-4300 / 415-4299
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