ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  Lección 59
 

 Lección 59: Obligaciones convertibles

     

    Son aquellas obligaciones que permiten al inversor (obligacionista)  decidir en un momento futuro entre mantener dichas obligaciones o convertirlas en acciones de la sociedad.

     

    En el momento de emitir estas obligaciones se fija el sistema que se utilizará para determinar la relación de conversión (es decir, número de acciones a recibir por cada obligación), así como en que momento(s) futuro(s) el obligacionista podrá optar por acudir a la conversión.

     

    La relación de conversión se determina:

 

Valor de conversión de la obligación / valor de la acción

 

a) Valor de conversión de la obligación: suele ser su valor nominal.

 

b) Valor de la acción: se suele fijar el precio medio de la acción durante un número determinado de días antes de la fecha de conversión. A efectos de hacer la conversión más atractiva para el inversor, a este precio medio se le suele aplicar un descuento (10-20%).

     

    Para ver si interesa o no acudir a la conversión hay que comparar los dos valores siguientes:

 

a) Valor de mercado de la obligación en la fecha de la conversión

 

b) Valor de transformación: es el valor de mercado en dicha fecha del número de acciones que se recibe por cada obligación.

     

    Si el valor de mercado de la obligación es mayor, no interesa acudir a la conversión. Si es menor, si interesa acudir.

 

La diferencia entre el valor de mercado de la obligación y el valor de transformación se denomina "prima de conversión".

    Ejemplo:

 

Se emiten obligaciones convertibles de 10.000 ptas de nominal cada título, a un plazo de 5 años. Se establece la posibilidad de convertirlas en acciones al final del 1º año. La relación de conversión será:

 

Obligación: por su valor nominal

 

Acción: cotización media del último trimestre, con descuento del 15%.

 

Llegado el 31 de diciembre, la cotización media de la acción en el último trimestre ha sido de 150 ptas. (su cotización al 31/12 es de 180 ptas.). Por su parte, el valor de mercado de la obligación asciende a 11.150 ptas.

 

Determinar:

 

a) Relación de conversión

 

b) Prima de conversión

 

c) ¿Interesa acudir a la conversión?

    Solución:

 

a) Relación de conversión:

 

Valor de conversión de la obligación / valor de la acción

 

Luego, Relación de intercambio = 10.000 / (150 * 0,85)

 

Luego, Relación de intercambio = 78,43 acciones

 

Es decir, por cada obligación se recibirán 78,43 acciones.

 

b) Prima de conversión:

 

Valor de transformación (180 * 78,43) 

 

=

 

14.117,4 ptas.

 

Valor de mercado de la obligación

 

=

 

11.150,0 ptas.

 

Prima de conversión

 

=

 

2.967,4 ptas.

 

c) Como la prima de conversión es positiva, conviene acudir a la misma.
 
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